Autora: Dra. Meryl Nass

Fuente: Childrenshealthdefense.eu

1. Proliferación de agentes de guerra biológica

El tratado y las enmiendas propuestas exigen a las naciones llevar a cabo la vigilancia de posibles patógenos pandémicos, construir o mantener laboratorios de secuenciación, compartir especímenes reales con la OMS (donde se ha creado un BioHub para tal fin), y compartir asimismo las secuencias en línea. Esto exige la proliferación de agentes de armas biológicas, lo que considero un delito (basado en mi interpretación de la Resolución 1540 del Consejo de Seguridad y la Convención sobre Armas Biológicas de 1972).

1 a. La versión de 2 de junio de 2023 del «texto de la Mesa» del tratado pedía igualmente a las naciones que realizasen investigación de «Ganancia de Función», reducir los «impedimentos administrativos» a este trabajo. En otras palabras, relajar las restricciones a la investigación, lo que haría más probables las fugas en los laboratorios. Este párrafo se eliminó de la versión del tratado de 30 de octubre de 2023.

2. Dar a la OMS un cheque en blanco para crear nuevas normas en el futuro

El tratado prevé la creación en el futuro de una Conferencia de las Partes y de una nueva Secretaría de la OMS que establecerán las normas de funcionamiento del aparato de prevención y respuesta a pandemias, lo que supone básicamente un contrato firmado en blanco para que la OMS cree las normas que quiera.

3. Se producirán vacunas libres de responsabilidad desarrolladas a velocidad de vértigo

El tratado exige el rápido desarrollo y producción de vacunas, y la reducción del tiempo de todos los aspectos de su desarrollo, ensayo y fabricación. Esto implica que las vacunas se utilicen sin licencia, por lo que el tratado exige a los países disponer de leyes para emitir Autorizaciones de Uso de Emergencia a tal fin, así como para «gestionar» los problemas de responsabilidad. Para más información al respecto, véase «The WHO’s Proposed Treaty Will Increase Man-Made Pandemics» (El tratado propuesto por la OMS aumentará las pandemias creadas por el hombre). Los EE.UU., la UE y otros han pedido en particular 100 días para el desarrollo de vacunas y 30 días adicionales para la producción de vacunas pandémicas. Esto no permitiría realizar pruebas significativas en humanos.

4. Las nuevas enmiendas eliminan las garantías de los derechos humanos

Las enmiendas eliminaron «los derechos humanos, la dignidad y la libertad de las personas» del lenguaje existente del RSI. Tras varias quejas, esta frase se insertó posteriormente en el tratado, pero este podría no ser aceptado en 2024. Entre tanto, las enmiendas sólo requieren una mayoría simple para ser aprobadas, se están redactando en secreto… Por tanto, es probable que las cuestiones más problemáticas se hallen en las enmiendas.

5. Se exige la vigilancia de las redes sociales y la censura de los ciudadanos

Tanto las enmiendas como el tratado piden a los Estados nacionales que vigilen las redes sociales de sus ciudadanos y que censuren e impidan la difusión de información que no se ajuste a las narrativas de salud pública de la OMS. Sin embargo, el tratado también exige que los ciudadanos sean libres de acceder a la información al tiempo que son protegidos de la «infodemia», definida como el exceso de información. También se debe impedir que los ciudadanos difundan información errónea y desinformación.

6. Es posible que no conozcamos el contenido de las enmiendas hasta después de su aprobación

Las enmiendas se han negociado totalmente en secreto durante los últimos nueve meses, mientras que durante ese tiempo se han hecho públicos varios borradores consecutivos del tratado sobre pandemias. Y aunque las enmiendas negociadas debían someterse a examen público en enero, el principal responsable jurídico de la OMS ha elaborado un artificio legal para eludir la obligación de hacerlas públicas 4 meses antes de la votación. ¿Verá el público las enmiendas antes de que se voten?

¿Por qué hay tanto secretismo sobre las enmiendas propuestas?

7. El Director General de la OMS podría convertirse en su médico personal

Según las enmiendas propuestas, el Director General de la OMS podría requisar y trasladar suministros médicos de un país a otro, decidir qué tratamientos pueden utilizarse y cuáles deben ser restringidos.

8. ¿Cuándo podrá la OMS hacer uso de sus nuevos poderes?

Las modificaciones entrarán en vigor cuando se declare una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (PHEIC, por sus siglas en inglés). Sin embargo, la declaración de una emergencia sanitaria potencial, activará igualmente estos poderes. Los poderes pueden ampliarse incluso después de que una PHEIC haya terminado, como hemos visto con las declaraciones del Director General sobre el COVID y la viruela del mono (MPOX).

El tratado estará en vigor de forma continua, y no será necesaria ninguna declaración o pandemia para conferir nuevos poderes a la OMS.

Dra. Meryl Nass

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